En las últimas semanas se han producido situaciones específicas provocadas bien por la normativa laboral aprobada y en vigor, y resoluciones de los Tribunales, algunas de las cuales, no compartimos si bien no entramos en debate, enumeramos someramente.
- Ley Trans, establece derechos de igualdad y no discriminación para este colectivo. (véase circular 14 abril 2023)
- Incapacidad Temporal por menstruación incapacitante, interrupción del embarazo y gestación: A partir del 1-6-2023, se reconoce el derecho de la mujer a una situación especial de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes y continúa la obligación de cotizar en caso de:
– Menstruaciones incapacitantes secundarias a fin de conciliar el derecho a la salud con el empleo;
– Interrupción voluntaria o involuntaria de embarazo;
– Desde el día 1º de la semana 39 de embarazo.
Se considera situación de IT por contingencias profesionales si la interrupción del embarazo es debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional.
(Ley Orgánica 1/2023. BOE 1 de Marzo 2023)
- Declaración de nulidad del despido de un trabajador, en periodo de prueba, estando en baja por IT por vulneración del derecho a la integridad física y único motivo de su cese laboral según Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares
- Sobre prestación por nacimiento y cuidado del menor en familia monoparental o monomarental: Sentencia de 2 de marzo de 2023 del Tribunal Supremo, deniega el derecho a disfrutar de la prestación por nacimiento y cuidado del menor que le hubiera correspondido al otro progenitor.
- El despido disciplinario sin audiencia previa del trabajador despedido es improcedente en aplicación e interpretación del artículo 7 del Convenio 158 de la OIT, según Sentencia del TSJ Baleares de 13 febrero 2023, por incumplimiento de requisitos formales y acorde con el artículo 55 del ET. Se extiende esta garantía más allá de la cualificación del miembro del CE, Delegado de Personal o prevención o Delegado Sindical que ya contempla en nuestra legislación este requisito formal (artículo 55.1 ET y articulo 10.3.3 LOLS).
- Proyecto legislativo Ley de Familia sobre Permiso parental de 8 semanas retribuidos, para padres de hijos de hasta 8 años, pendiente de aprobación, fundamentado en la Directiva europea de conciliación. La aprobación y puesta en práctica tiene fecha límite a agosto 2024.
Este proyecto de Ley prevé también 5 días al año, retribuido, para atender a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o conviviente, a utilizar en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo.
También se prevé 4 días retribuidos que permitirá a los trabajadores ausentarse por fuerza mayo familiar. Se podrá solicitar para atender a un familiar que requiera atención inmediata y se podrá disfrutar por horas y no por días completos.
Por último, y en el contexto de la Ley de Familia, se equipara derechos entre matrimonio y parejas de hecho, y en consecuencia, permiso laboral de 15 días por el registro como pareja de hecho de carácter retribuido.
Sevilla, 5 mayo 2023.